Custodia de los Hijos en Texas – Diez Derechos para Padres con Custodia

La primera decisión que se debe tomar en un caso de Texas que involucre a niños es si habrá un hogar primario. Los padres pueden acordar que ninguno de los dos será primario. La orden de la corte indicará los tiempos de crianza específicos que cada uno tendrá con los niños. La orden debe indicar cómo se elegirán las escuelas de los niños. Si los padres no están de acuerdo en que no habrá primaria, el juez debe elegir una. La no designación de una residencia principal solo se puede hacer si los padres están de acuerdo. Si el juez decide, la ley requiere la designación de un hogar primario. La ley de Texas no favorece ni a la madre ni al padre en las decisiones sobre la custodia de los hijos. La ley requiere que un juez o jurado haga lo que crea que es en el mejor interés del niño. El Código de Familia de Texas incluye derechos para los padres con custodia.

La ley de Texas no utiliza el término custodia. En cambio, los documentos legales se refieren a la tutela de niños.

El Código de Familia proporciona orientación a los padres con custodia sobre sus derechos y responsabilidades legales, incluidas las visitas, la manutención de los hijos y la toma de decisiones después de que se determine la cuestión fundamental del hogar primario. Una vez que sabemos qué padre tendrá derecho a designar la residencia principal de los hijos, entran en vigor ciertas presunciones en el Código de Familia para resolver la mayoría de los detalles.

La sección 153.132 del código de Familia de Texas enumera diez derechos primarios para los padres con respecto a los hijos.

  1. El derecho a designar la residencia principal del niño;
  2. El derecho a dar su consentimiento para el tratamiento médico, dental y quirúrgico que implique procedimientos invasivos;
  3. El derecho a dar su consentimiento para el tratamiento psiquiátrico y psicológico;
  4. El derecho a recibir y recibir pagos periódicos para la manutención del niño y a retener o desembolsar esos fondos en beneficio del niño;
  5. El derecho a representar al niño en acciones judiciales y a tomar otras decisiones de importancia jurídica sustancial que le conciernan;
  6. El derecho a representar al niño en acciones judiciales y a tomar otras decisiones de importancia jurídica sustancial que le conciernan;
  7. El derecho a 1538 >
  8. El derecho al consentimiento para el matrimonio y al alistamiento en las fuerzas armadas de los Estados Unidos;
  9. El derecho a tomar decisiones sobre la educación del niño;
  10. El derecho a los servicios y los ingresos del niño;
  11. Excepto cuando se haya designado un tutor del patrimonio del niño o un tutor o abogado ad litem para el niño, el derecho a actuar como agente del niño en relación con el patrimonio del niño si la acción del niño es requerida por un estado, los Estados Unidos o un gobierno extranjero; y
  12. El derecho a:

(A) solicitar un pasaporte para el niño »

(B) Renovar el pasaporte del niño; y

(C) mantener la posesión del pasaporte del niño.

*De los diez derechos enumerados anteriormente, los más importantes son 1, 2, 3 y 7.

El número 10, los derechos con respecto a los pasaportes, son importantes si planea viajar internacionalmente con los niños o llevarlos en un crucero.

Asignación de Derechos entre Padres

Cuando los padres desean compartir la vida de sus hijos y cada uno quiere participar en la toma de estas decisiones, no existe un método preferido o recomendado para asignar estos derechos.

Derechos Exclusivamente a Uno de los progenitores

Si los derechos van exclusivamente a uno de los progenitores, la participación del otro progenitor en la toma de tales decisiones dependerá únicamente de la discreción del progenitor al que se asignen los derechos. Por ejemplo, si una madre tiene el derecho exclusivo de tomar decisiones educativas, entonces puede inscribir al niño en la escuela de su elección y dar, o negar, su consentimiento sobre asuntos educativos sin siquiera hablar con el padre.

Derechos A Uno de los Padres Después de Consultar Con El Otro

En algunos casos, los derechos van a uno de los padres, pero solo después de consultar con el otro. Eso significa que uno de los padres toma todas las decisiones después de solicitar la opinión del otro. Por ejemplo, si una madre está considerando cambiar de escuela o retener a un niño un año, con este arreglo consultaría con el otro padre y luego tomaría la decisión. Seguiría siendo su única decisión.

Asignación conjunta de los Derechos

A veces los derechos se conceden conjuntamente. Esto generalmente significa que los padres deben ponerse de acuerdo en todas las decisiones. Cuando no pueden ponerse de acuerdo, el statu quo permanece hasta que acepten cambiarlo. Hay casos en los que los padres estarán de acuerdo en que una tercera persona, como un consejero escolar o un pediatra, puede tomar la decisión si los padres no están de acuerdo. Esto presupone que la persona designada dará una opinión. También permite que una persona futura desconocida tome una decisión sobre un niño que es contraria a lo que uno de los padres piensa que es lo mejor. Tenga en cuenta que está suponiendo que el consejero escolar o pediatra está equipado para tomar una buena decisión para su hijo.

Derechos otorgados de forma independiente

Cuando los derechos se otorgan de forma independiente, los padres pueden tomar decisiones sin tener en cuenta a los demás. Uno de los padres puede llevar a los niños a un terapeuta y el otro puede llevarlos a otro terapeuta. Teóricamente, los padres podrían inscribir a los niños en diferentes escuelas, lo que llevaría a un litigio inmediato.

Dejar que Un Juez Decida Sobre Los Derechos

Cuando un juez asigna estos derechos, esto implica un juicio. Ocasionalmente, las personas querrán que el juez decida, sin darse cuenta de que el juez debe escuchar testimonios y ver pruebas, lo cual es un juicio. Por lo general, si los padres no pueden trabajar juntos en la medida en que requieren un juicio para resolver su desacuerdo, el juez otorgará todos los derechos a uno de los padres, aunque no siempre. La ley permite al juez una gran discreción en la forma en que se asignan los derechos y algunos jueces pueden ser creativos. Otros simplemente dirán que si una madre y un padre no pueden ponerse de acuerdo, entonces los derechos van exclusivamente a uno de ellos porque no es en el mejor interés del niño requerir que estos dos padres estén de acuerdo antes de que algo pueda suceder.

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