Condado de Brevard, Florida-Secretario de la Corte

Testamentos
De conformidad con el Estatuto de Florida 732.901, el Último Testamento y Testamento original de una persona fallecida debe depositarse en el Secretario de la Corte de Circuito que tiene el lugar de la herencia del difunto dentro de los 10 días posteriores a recibir información de que el testador (una persona que muere dejando un Testamento) está muerto. El estatuto también establece que el custodio del Testamento debe proporcionar al secretario la fecha de fallecimiento o el número de seguro social del testador en el momento del depósito. Nuestra oficina también requiere que se presente un certificado de defunción junto con el testamento original. Tenga en cuenta que no hay ningún cargo o tarifa de presentación para depositar un testamento en nuestra oficina.
Al depositar un Testamento en nuestra oficina, el depositante recibirá un Recibo de Depósito de Testamento que incluye el número de archivo, la fecha de presentación y el sello del Secretario del Condado de Brevard del Tribunal de Circuito. Este recibo es algo que debe colocarse junto con otros documentos importantes relacionados con el fallecido.
En algunos casos, la empresa u oficina que tenga activos del fallecido requerirá una copia certificada del Último Testamento para transferir los activos en cuestión. Siempre es una buena idea ponerse en contacto con la empresa u oficina y preguntar qué se necesita para completar la transferencia. Nuestra oficina puede proporcionarle copias certificadas del Testamento.

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