Cómo hacer legal una calle para bicicletas de tierra en Colorado
Una forma conveniente de conectar senderos, hacer recados o explorar caminos rurales es usar su bicicleta de tierra. Sin embargo, Colorado requiere que un vehículo tenga «licencia» en la mayoría de las rutas locales, estatales y del condado.
¡Convertir tu moto de tierra en «Street Legal», y obtener el registro y un título es más fácil de lo que pensabas!
Aquí discutiremos los métodos actuales y las estipulaciones para hacerlo:
PAPELEO: Los formularios necesarios para comenzar su proceso se pueden encontrar en: https://dmv.colorado.gov/forms-vehicles
Necesitará:
DR 2686: Certificación de Conformidad de Equipos para Motocicletas https://dmv.colorado.gov/sites/dmv/files/DR2686.pdf
DR 2444: Declaración de hecho del Estado de Coloradohttps://dmv.colorado.gov/sites/dmv/files/DR2444.pdf
DR2395: Solicitud de Título y / o Registro https://dmv.colorado.gov/sites/dmv/files/DR2395_0.pdf
Comprobante de Propiedad: Ya sea una factura de venta completa o su Tarjeta de Registro de Motocicleta para Parques y Vida Silvestre de Colorado (OHV) actual. https://www.colorado.gov/pacific/sites/default/files/Bill%20of%20Sale.pdf
INSPECCIÓN: Deberá comunicarse con su Oficina local de Patrulla del Estado de Colorado para programar una Inspección de VIN y Cumplimiento en persona. Se le requiere que remolque / plataforma de camión / enganche de moto su(s) motocicleta (s) a su ubicación. El Costo es de $50.00 por motocicleta. https://csp.colorado.gov/get-a-vin-inspection
El Soldado tendrá que ver su VIN, así que prepárese para desabrochar y girar el manillar en una dirección que permita una fácil visibilidad del número de identificación de su vehículo. Además, prepárese para arrancar su motocicleta si no está equipada con una batería para indicar el circuito de sus lámparas.
FAROS: Toda motocicleta estará equipada con al menos una y no más de dos luces delanteras que deberán cumplir los requisitos y limitaciones de las secciones 42-4-202 y 42-4-204 a 42-4-231 y, en su caso, de la tercera parte del presente artículo. (Los faros delanteros/faros LED son una excelente manera de aliviar el estrés en un estator de fábrica.)
LUCES TRASERAS Y REFLECTORES: Equipados con una luz trasera montada en la parte trasera, emitirán luz roja claramente visible desde una distancia de 500 pies. Altura medida no más de setenta y dos pulgadas ni menos de veinte pulgadas. Cada motocicleta llevará al menos un reflector que cumpla los requisitos de la presente sección (5). (Una vez más, un conjunto de luz de cola del mercado de accesorios que es LED aliviará el estrés en un estator de fábrica.)
LUCES DE FRENADO: Todas las motocicletas fabricadas o montadas después del 1 de enero de 1958 deberán estar equipadas con al menos una luz de frenado que cumpla los requisitos de esta sección. (Un interruptor de luz de freno es una instalación simple. Puede utilizar un interruptor hidráulico o manual conectado a su cilindro maestro de frenos traseros.)
FRENOS: Equipado con frenos para controlar el movimiento y para detener y sostener un vehículo. Una rueda estará equipada con frenos.
BOCINA: Equipada con una bocina en buenas condiciones de funcionamiento con un sonido audible de doscientos pies. (Los días de un estrujado «clown horn» han quedado atrás. Afortunadamente, muchos fabricantes ahora ofrecen bocinas recargables USB que no requieren cableado.)
ESPEJOS: Equipados con un espejo libre de obstrucciones que mira a una distancia de doscientos pies hacia atrás.
RESTRICCIONES EN EL EQUIPO DE NEUMÁTICOS: Debe estar marcado como PUNTO de uso en carretera.
EQUIPO ESPECIAL O MODIFICACIONES: Todo el equipo de seguridad original debe estar en condiciones de trabajo adecuadas. (Si su motocicleta está equipada con algo, debe funcionar. Por ejemplo, si tiene indicadores de giro/intermitentes instalados en su bicicleta, deben funcionar.)
Una vez que el oficial/soldado haya firmado su DR2686, imprimirá un Certificado de Inspección VIN Certificado del Estado de Colorado DR2704 C. R. S. 42-5-202. También esté preparado para que su licencia de conducir se ejecute a través del despacho.
TITULACIÓN/REGISTRO: El siguiente paso es llevar su documentación completa al DMV. https://dmv.colorado.gov/county-motor-vehicle-offices
Necesitará su DR2686 (Certificación de conformidad del equipo, dos páginas), DR2704 (Inspección VIN certificada), DR2444 (declaración de cuentakilómetros), DR2395 completado (Solicitud de Título y/o Registro), su licencia de conducir actual y válida con un endoso de motocicleta, prueba de seguro actual para la motocicleta que desea registrar) y su prueba de propiedad (factura de venta o tarjeta de registro CPW OHV).
PERMISO CPW OHV: Una vez que su motocicleta esté chapada, ahora puede obtener un Permiso para Vehículos Todoterreno de Parques y Vida Silvestre de Colorado. Puede encontrar más información aquí: https://cpw.state.co.us/buyapply/Pages/RegistrationsOHV.aspx